Las leyes de Ypres sobre la beneficencia Introducción, texto latino y traducción

  1. Ma. Idoya Zorroza Huarte
  2. Rosa Ma. Herrera García
Revista:
Helmantica: Revista de filología clásica y hebrea

ISSN: 0018-0114

Any de publicació: 2020

Tom: 71

Número: 205

Pàgines: 141-229

Tipus: Article

Altres publicacions en: Helmantica: Revista de filología clásica y hebrea

Resum

En la investigación realizada sobre La finalidad de los bienes: riqueza, pobreza y mendicidad en el siglo XVI, uno de los documentos que influye en cuál sea el modo de abordar la cuestión de la pobreza, la mendicidad y el vagabundeo son las ordenanzas de Ypres, un texto de difícil acceso y que determina una forma concreta de mirar la beneficencia: verla cada vez más como una cuestión social que pasa por un progresivo control del pobre limitando sus movimientos. El espíritu de Ypres, que no expresa –como se ha afirmado con frecuencia– una introducción del luteranismo, está presente en las reformas también municipales de Zamora (que son reiteradas en otras ciudades castellanas), y se hacen ley con la Instrucción de las leyes que hablan sobre pobres (1540). Es el detonante de una polémica sobre la mendicidad y la beneficencia entre Domingo de Soto y Juan de Robles (1545). Profundizar en el sentido de las leyes de Ypres, su contexto y su contenido, permite comprender mejor el sentido de la polémica y las posiciones que se tomarán en España en el s. XVI

Referències bibliogràfiques

  • Domingo de Soto, In causa pauperum deliberatio, Juan de Juntas, Salamanca, 1545.
  • Deliberación en la causa de los pobres, Juan de Juntas, Salamanca, enero de 1545.
  • Juan de Robles (de Medina), De la orden que en algunos pueblos de España se ha puesto en la limosna para remedio de los verdaderos pobres, en casa de Juan[n] de Ju[n]ta, Salamanca, 1545.
  • Paul Spicker, The Origins of Modern Welfare: Juan Luis Vives, De Subventione Pauperum, and City of Ypres, Forma Subventionis Pauperum, Peter Lang, Oxford, 2010.
  • Francisco Vázquez García, La invención del racismo. Nacimiento de la biopolítica en España, Akal, Madrid, 2009, p. 19.
  • J. Nolf, La réforme de la bienfaisance publique a Ypres au XVIe siècle, Librairie Scientifique E. Van Goethem, Gand, 1915.
  • Victoriano Martín Martín, “La controversia sobre los pobres en el siglo XVI y la doctrina sobre la propiedad”, en Enrique Fuentes Quintana (ed.), Economía y economistas españoles, vol. 2: De los orígenes al mercantilismo, Galaxia Gutenberg / Círculo de Lectores, Barcelona, 1999, pp. 298-299; pp. 326 ss.
  • De subventione pauperum. Sive de humanis necessitatibus libri II, en Selected Works of J. L. Vives, edición de C. Matheeussen, E. J. Brill, Leiden, 2002.
  • Juan Luis Vives, El socorro de los pobres: La comunicación de bienes, Tecnos, Madrid, 1997, p. 99.
  • María Jiménez Salas, “Doctrina de los tratadistas españoles de la edad moderna sobre la asistencia social”, Revista internacional de sociología, 1949 (6).
  • Francisco Gómez Camacho, Economía y filosofía moral, Síntesis, Madrid, 1998, pp. 127-129.
  • José Mª Garrán Martínez, La prohibición de la mendicidad, Ediciones Universidad de Salamanca, Salamanca, 2004.
  • Félix Santolaria, “Estudio Introductorio”, en El gran debate sobre los pobres en el siglo XVI, Ariel, Barcelona, 2003.
  • Félix Santolaria, “Estudio Introductorio”, en Miguel de Giginta, Tratado de remedio de pobres, Ariel, Barcelona, 2000.
  • Revue du Nord, 2000 (334), pp. 53-72, p. 53.
  • Martin Rhenheimer, Pobres, mendigos y vagabundos. La supervivencia de la necesidad (1450-1850), Siglo XXI, Madrid, 2009.
  • Elena Maza Zorrilla, Pobreza y asistencia social en España, siglos XVI al XX: aproximación histórica, Secretariado de Publicaciones de la Universidad de Valladolid, Valladolid, 1987, pp. 13-35.
  • María Jiménez Salas, Historia de la asistencia social en España en la Edad Moderna, Monografías histórico-sociales, vol. 4, Consejo Superior de Investigaciones Científicas, Madrid, 1958, pp. 7-17.
  • Félix Santolaria Sierra, “Aproximación a las fuentes de Miguel de Giginta”, en Alexandre Pagès (ed.), Giginta: De la charité au programme social, Études, Presses Universitaires de Perpignan, Perpignan, 2012, p. 136.
  • Paul Bonenfant, “Les origines et le caractère de la réforme de la bienfaisance publique aux Pays-Bas sous le règne de CharlesQuint” [1ª parte], Revue belge de philologie et d’histoire, 1926 (tome 5, fasc. 4) pp. 887-904, p. 891.
  • Revue belge de Philologie et d’Histoire, 1927 (6, 1-2), pp. 207-230.
  • Concilios de los Tiempos Merovingios, editado por Gerardo Fabián Rodríguez; Alberto Asla, Universidad Nacional de Mar del Plata, Mar del Plata, 2019, p. 22.
  • Abelardo del Vigo, Economía y ética en el siglo XVI, BAC, Madrid, 2006, pp. 786-808.
  • F. Ehrle (“Die Armenordnungen von Nümberg und Ypern”, Historisches Jahrbuch, 1888 (9), pp. 450-479.
  • Thomas More, Utopia (1516); Utopía: la mejor forma de comunidad política y la nueva isla de Utopía, introducción y notas de Pedro Rodríguez Santidrián, Alianza, D.L., Madrid, 1983.
  • Simon Fish, A Supplication for the Beggars, Edited by Edward Arber, Southgate, London, 1878.
  • Supplication of Souls, in The Complete Works of St. Thomas More, ed. Frank Manley, Clarence H. Miller, Richard C. Marius, Yale University Press, 1990.
  • Revue du Nord, 1977 (233) pp. 193-219.
  • Boletín de la Academia de la Historia, tomo 108, cuaderno II (abril-junio), 1936.
  • Bulletin de la Commission royale d’histoire. Académie royale de Belgique, 1925 (89), pp. 265-358; p. 270.
  • Revue d’histoire de l’Église de France, 1934 (88) pp. 407-432.
  • Juan Luis Vives, El socorro de los pobres, II, cap. 1, pp. 75-80.
  • http://hdl.handle.net/1874/26388. Forma subventionis pauperum quae apud Hyperas Flandrorum urbem viget, universae reipublicae Christianaelonge utilissima